sábado, 2 de mayo de 2009
miércoles, 12 de noviembre de 2008
Asesoria Juridica
A.- ACTUACIONES EXTRAJUDICIALES
I.- OBJETO
II.- PROPUESTA ECONÓMICA
B.- ACTUACIONES JUDICIALES
I.- JURISDICCION CIVIL
II.- JURISDICCION PENAL
III.-ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y SU JURISDICCIÓN
IV.- PROPUESTA ECONÓMICA
I.- OBJETO
1. Actuaciones de asesoramiento en general, realizadas de formas verbales o presenciales en el despacho profesional, con asistencia a cuantas reuniones, gestiones o negociaciones pudieran dar lugar, tanto fuera de la empresa como en cualquiera de sus centros de trabajo.
2. Estudios sobre aspectos jurídicos puntuales y redacción de los preceptivos informes escritos.
3. Estudio de contratos, documentos, actas y a los que por la actividad que nos ocupa en el presente contrato se realicen.
4. Transacciones, negociaciones y soluciones extrajudiciales cuya cuantía no exceda de CIENTO VEITEMIL DOSCIENTOS DOS EUROS (120.202 €).
5. Arbitrajes.
6. Actuaciones ante registros.
Reclamaciones previas a la vía judicial en caso de impagos o incumplimiento de contratos, consistentes en negociaciones telefónicas, cartas, telegramas o cualquier otro medio.
II.- PROPUESTA ECONOMICA
Nuestro presupuesto para la prestación de este servicio es el siguiente:
Actuaciones extra-judiciales………………..120 €
Cuota mensual:………………….10€
B.- ACTUACIONES JUDICIALES
I.- JURISDICION CIVIL
1. Redacción de papeletas y asistencia a actos de conciliación, cuando por el asunto concreto sea necesario plantearlos.
2. Embargos y medidas cautelares. Diligencias previas. Así como todas las medidas necesarias para asegurar el buen fin a entablar.
3. Juicios Declarativos Verbales.
4. Juicios Declarativos Ordinarios, en aquellos casos en que la cuantia de los mismos no supere SESENTAMIL CIENTO UN EUROS CON VEINTI UN CEMTIMOS DE EURO (60.101,21 €). En todos los procedimientos declarativos señalados se incluye la redacción o contestación a la demanda, así como todos los demás tramites necesarios hasta la sentencia.
5. Interdictos para recobrar o retener la posesión, de obra nueva o de obra ruinosa.
6. Procedimientos hipotecarios hasta CIENTO VEITEMIL DOSCIENTOS DOS EUROS (120.202 €).
7. Juicios ejecutivos o monitorios contra clientes o seguidos a instancia de terceros contra la actividad económica desarrollada por el contratante hasta CIENTO VEITEMIL DOSCIENTOS DOS EUROS (120.202 €).
8. Ejecución de sentencias, con todas las actuaciones necesarias y conducentes a hacer efectivos los pronunciamientos judiciales.
Todos los recursos necesarios que pudieran plantearse en los casos anteriores
II. JURISDICCIÓN PENAL
1. Asistencia al detenido y procedimientos de Habeas Corpus
2. Diligencias previas
3. Juicios de faltas
4. Juicios por delitos
5. Actuaciones ante tribunales con jurisdicción específica como pudieran ser Jurisdicción de menores, o de la mujer.
6. Juicios ante el tribunal del jurado.
Asistencia Penitenciaria.
III. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y SU JURISDICCIÓN
1. Recursos ordinarios, procedimientos sancionadores, incluidos los correspondientes a multas de trafico y por estacionamiento indebido de vehículos de la empresa.
2. Recursos Económico-Administrativos, cuyo importe no supere TREINTA MIL CINCUENTA EUROS CON SESENTA Y UN CENTIMOS DE EURO (30.050,61 €).
3. Procedimientos contencioso-administrativos. (excluidos los que tengan como origen los instados de oficio por inspección de trabajo, si no se contrata el servicio de jurisdicción de trabajo)
4. Actuaciones administrativas en materia urbanística.
Tramitación de expedientes en asuntos de extranjería y derecho de asilo.
IV. PROPUESTA ECONOMICA
Nuestro presupuesto para la prestación de este servicio es el siguiente:
Actuaciones Judiciales:
Cuota anual: 1200 € Cuota mensual: 100 €
Contratación por separado:
Jurisdicción civil
Cuota anual……………..…..540 € Cuota mensual:………………….45 €
Jurisdicción penal
Cuota anual ………………..408 € Cuota mensual:……………….….34 €
Jurisdicción de Administraciones Públicas
Cuota anual……………..…..600 € Cuota mensual:………………….50 €
IVA no incluido
Plan Pyme
En el desarrollo de muchas actividades empresariales y por muchos diversos motivos llega a ser imprescindible disponer una gestoría y asesoría que nos permita concentrarnos en nuestro trabajo sin preocuparnos de los temas laborales, fiscales y contables.
¿Qué me cuesta?
Nosotros mejor que nadie sabemos lo importante que es para un trabajador autónomo tener todos los temas fiscales, laborales y de contabilidad de forma correcta pero aún más importante es que me cueste lo menos posible.
Por eso hemos confeccionado diferentes posibilidades en función de las necesidades de cada profesional.
A) Plan PYME 120.
Incluye IVA Trimestral, IRPF anual y contabilidad hasta 120 facturas al año.
| | Cuota única anual de socio | 149 € / año. |
| | Cuota mensual | 100 € / mes. |
Estos precios no incluyen IVA.
B) Plan PYME PREMIUM.
Incluye IVA Trimestral, IRPF anual y contabilidad hasta 300 facturas al año.
| | Cuota única anual de socio | 149 € / año. |
| | Cuota mensual | 120 € / mes. |
Estos precios no incluyen IVA.
C) Laboral.
Estos servicios incluyen la confección de nóminas, seguros sociales, altas y bajas de la Seguridad Social, confección y presentación de contratos en el INEM, tramitación en el INSS de bajas y altas por enfermedad, I.L.T, confección de retenciones de IRPF ( Modelos 110, 190 y certificados de retenciones), atender requerimientos de la seguridad social, asesoramiento la forma de contratación más beneficiosa para la empresa, informe de coste por departamentos mensuales o trimestrales a petición del cliente, o sea, TODOS los servicios que una empresa pueda necesitar. (Excepto los de abogado en Magistraturas y Conciliaciones, que le podemos remitir a nuestros abogados de forma independiente).
1. CUOTA FIJA.
Para empresas de hasta 5 trabajadores 30€/mes
Para empresas de hasta 10 trabajadores 60€/mes
Para empresas de hasta 15 trabajadores 90€/mes
Para empresas de más de 16 trabajadores 120€/mes
2. CUOTA VARIABLE.
Por mantenimiento de trabajador 8€/mes
Por alta o baja de trabajador 8€/mes
Estos precios no incluyen IVA, ni suplidos ni gastos, sólo los honorarios.
Además y como regalo de bienvenida te regalamos al contratar el servicio UN AÑO de todas las gestiones que realizamos
Plan autonomos
¿Qué me cuesta?
Nosotros mejor que nadie sabemos lo importante que es para un trabajador autónomo tener todos los temas fiscales, laborales y de contabilidad de forma correcta pero aún más importante es que me cueste lo menos posible.
Por eso hemos confeccionado diferentes posibilidades en función de las necesidades de cada profesional.
A) Plan Autónomos 120.
Incluye IVA Trimestral, IRPF anual y contabilidad hasta 120 facturas al año.
| | Cuota mensual | 47 € / mes. |
Estos precios no incluyen IVA.
B) Plan Autónomos Premium.
Incluye IVA Trimestral, IRPF anual y contabilidad hasta 250 facturas al año.
| | Cuota mensual | 90 € / mes. |
Estos precios no incluyen IVA.
C) Laboral.
Estos servicios incluyen la confección de nóminas, seguros sociales, altas y bajas de la Seguridad Social, confección y presentación de contratos en el INEM, tramitación en el INSS de bajas y altas por enfermedad, I.L.T, confección de retenciones de IRPF ( Modelos 110, 190 y certificados de retenciones), atender requerimientos de la seguridad social, asesoramiento la forma de contratación más beneficiosa para la empresa, informe de coste por departamentos mensuales o trimestrales a petición del cliente, o sea, TODOS los servicios que una empresa pueda necesitar. (Excepto los de abogado en Magistraturas y Conciliaciones, que le podemos remitir a nuestros abogados de forma independiente).
CUOTA FIJA.
Para empresas de hasta 5 trabajadores 30€/mes
Para empresas de hasta 10 trabajadores 60€/mes
Para empresas de hasta 15 trabajadores 90€/mes
Para empresas de más de 16 trabajadores 120€/mes
CUOTA VARIABLE.
Por mantenimiento de trabajador 8€/mes
Por alta o baja de trabajador 8€/mes
Estos precios no incluyen IVA, ni suplidos ni gastos, sólo los honorarios.
Además y como regalo de bienvenida te regalamos al contratar el servicio UN AÑO de todas las gestiones que realizamos
EVALUACION DE RIESGOS LABORALES
Según el Artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, es una obligación legal para el empresario realizar una Evaluación de los Riesgos Laborales en su empresa. Según la ley, todo empresario debe:
Planificar la acción preventiva a partir de una evaluación inicial de los factores de riego
Evaluar los riesgos a la hora de elegir los equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo
Esta obligación ha sido desarrollada en el capítulo II, artículos 3 al 7 del Real Decreto 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención.
Por lo tanto, toda prevención de riesgos laborales se basa en la identificación, análisis y evaluación de factores de riesgo, y sobre esta base, llevar a cabo medidas necesarias para controlarlos.
Esta evaluación se debe hacer en todos y cada uno de los puestos de trabajo y ha de ser completamente independiente y objetiva.
En función de los resultados de este análisis, se estudiará la necesidad de adoptar medidas preventivas en el origen, de organización, de protección colectiva o individual y de formación e información a los trabajadores.
Las evaluaciones deberán revisarse periódicamente con una periodicidad acordada entre empresa y trabajadores y ha de quedar bien documentada para cada puesto de trabajo. Hay que recordar que la evaluación es un proceso dinámico y se deberá revisarse cuando así se requiera:
Cuando se detecten daños a la salud de los trabajadores
Cuando las actividades de prevención implantadas hayan sido inadecuadas o insuficientes
Cuando haya habido cambios en las condiciones de trabajo, en el puesto de trabajo, un cambio de sede, ...
Cuando haya nuevas incorporaciones de personal, de maquinaria, de sustancias químicas o materia prima, introducción de nuevas tecnologías, ...
La evaluación puede realizarla el propio empresario, un departamento interno de la empresa especializado (específicamente los delegados de prevención), o se puede recurrir a una empresa externa si se necesitan mediciones y controles específicos o conocimientos especializados. La elección dependerá de la naturaleza y de la actividad de la empresa.
Un proceso general de evaluación de riesgos (el último de los casos anteriores) se compone de las siguientes etapas:
Dejar constancia de la evaluación. Darle un formato de acuerdo a unos modelos predeterminados
Las actividades preventivas a desarrollar comprenden tanto el cumplimiento legal como el asesoramiento y apoyo al Empresario, como a sus trabajadores y sus representantes en Seguridad en el trabajo, Higiene industria y Ergonomia y Psicosociologia.
· SEGURIDAD EN EL TRABAJO
1. Accidentes de trabajo.
2. Investigación de accidentes.
3. Análisis estadístico de accidentes.
4. Análisis y evaluación general de riesgos de accidentes.
5. Norma y señalización en seguridad.
6. Protección colectiva e individual-equipos de trabajo.
7. Planes de emergencia y autoprotección.
Análisis, evaluación y control de riesgos específicos:
Equipos, instalaciones y herramientas.
Lugares y espacios de trabajo.
Manipulación, almacenamiento y transporte.
Instalación eléctrica.
Protección contra incendios.
Recipientes a presión.
Instalación de gases.
Productos – sustancias químicas.
Aparatos de elevación.
9. Residuos tóxicos y peligrosos.
10. Inspecciones de seguridad e investigación de accidentes.
11. Medidas preventivas de eliminación y reducción de riesgos.
HIGIENE INDUSTRIAL
1.- Agentes físicos:
Características, efectos, evaluación y control
2.- Agentes químicos:
· Toxicología laboral, evaluación de la exposición
Control de la exposición
3.- Agentes biológicos
ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA
IMPLEMENTACION DE LA LOPD
Consiste en obtener el registro de los ficheros en la APD, redactar la documentación necesaria para obtener consentimiento e informar a los afectados así como para el acceso a datos por cuenta de terceros, redactar el documento de seguridad y controlar el cumplimiento de la legislación en materia de PD mediante la realización de auditorias bianuales, procediendo a la defensa jurídica del cliente en caso de denuncia o reclamación contra el mismo y al asesoramiento jurídico general en materia de PD.
Todas las empresas y profesionales tienen que adaptarse obligatoriamente a la Ley Orgánica de Protección de Datos. Según la Ley un dato personal es cualquier información relativa a personas físicas que sea susceptible de registrarse o de transmitirse. Hoy en día, las empresas y profesionales realizan todo de tipo de operaciones (recogidas, cesiones ...) con datos de personas (ficheros de clientes, proveedores, empleados).
Las empresas tienen la obligación de implantar medidas de seguridad que garanticen la protección de esos datos. Tales medidas, pueden ser de nivel básico, medio o alto según el tipo de datos que se tratan. Por otro lado, todas las empresas tienen el riesgo de perder información si se producen siniestros, alteraciones informáticas, robos, etc.
Salazar abogados, quiere que todos sus clientes puedan estar adecuadamente prevenidos y protegidos, en ambas situaciones, para evitar problemas de pérdidas de información, así como para evitar sanciones si se produce una denuncia o inspección.
domingo, 2 de noviembre de 2008
asesoria Laboral
Actos de comunicación: Actuaciones disciplinarias: Redacción de comunicaciones de despidos, faltas o sanciones.
Intervención en Expedientes Sancionadores instruidos a los trabajadores. Comunicación de extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas y otras no disciplinarias.
Contratación y reglamentación
Actuaciones disciplinarias
Conflictos colectivos, huelga y cierre patronal.
Actuaciones ante la inspección de trabajo.
Expediente de regulación de empleo y suspensión del contrato.
Actuaciones en el FOGASA
Falta de medidas de seguridad e higiene laboral.
Procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos.
Preparación de Contratos de Trabajo, altas y bajas en el INEM y Seguridad Social.
Elaboración de nóminas y Seguros Sociales.
Prórrogas de contratos.
Calendarios laborales.
Liquidaciones, cartas de despido y sanciones.
Tramitación de partes de accidentes a la autoridad laboral.
Atención de requerimientos de Seguridad Social.
Control de libros de visita.
Información sobre el Estatuto de los Trabajadores, Convenios Colectivos y Legislación laboral vigente.
Reclamaciones previas y actos de conciliación anteriores a entablar las correspondientes reclamaciones en vía social. Asistencia ante el SMAC e inspecciones de trabajo.
Formulación de recursos de reposición y administrativos relacionados con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Cambio de Domicilio.
Vida Laboral.
Pensiones.
Jubilaciones.
Cálculo de Liquidación.
Altas/Bajas.
T-10.
Asuntos Contenciosos.
Actos preparatorios y medidas precautorias.
Juicios sobre extinción de contrato de trabajo, modificación de condiciones de trabajo y sanciones.
Juicios de reclamación de cantidad.
Juicios sobre integración de plantilla.
Procesos de seguridad social.
Ejecución de sentencias y actos de conciliación.